Solicita el BONO ALQUILER JOVEN a partir del 8 de junio

250 € al mes para jóvenes de entre 18 y 35 años
Mié, 01/06/2022

 

PASO 1 - INFÓRMATE

Para poder solicitar la ayuda se deben cumplir unos requisitos mínimos:
 
  • Ser persona física y tener entre 18 y 35 años, incluida la edad de treinta y cinco al solicitar la ayuda.
  • Ser titular del contrato de arrendamiento o estar en condiciones de suscribirse.
  • Disponer de, al menos, una fuente regular de ingresos por unidad de convivencia que sean:
Iguales o inferiores a 2,83 IRSC (22.548,67€) si los ingresos corresponden al año 2020, iguales o inferiores a 2,97 IRSC (23.664,15€) si los ingresos corresponden al año 2021, e iguales o inferiores a 3,05 IRSC (24.301,57€) si los ingresos corresponden a 2022.
  • La vivienda debe constituir el domicilio habitual y permanente durante todo el período que se conceda la ayuda. Las personas que aún no hayan firmado el contrato en el momento de solicitar la ayuda, tendrán dos meses para formalizar el contrato, y la ayuda quedará condicionada a su aportación.
  • No pagar más de 900€/mensuales en alquiler de una vivienda o de 450€/mensuales por el alquiler de una habitación
El importe de ayuda concedida será de 250 €/mensuales.
 

PASO 2 – ¿QUÉ NECESITAS? 

Idcat Mòbil

En primer lugar, es muy importante que dispongas del IDCAT MÓVIL para poder pedir la ayuda telemáticamente. Las solicitudes se otorgarán por orden de entrada y este medio te permite hacerlo a cualquier hora del día. Aquí os dejamos unos links que explican cómo obtenerlo:

Documentación obligatoria

En segundo lugar, debes preparar la documentación que es imprescindible adjuntar a la solicitud:

  • Contrato de alquiler con todas las hojas en un único archivo pdf.
  • Recibos del alquiler 2022 – Se deben escanear todos los recibos y/o comprobantes de pago del alquiler en un único archivo pdf.
  • Documento SEPA – debe estar rellenado y sellado por el banco. También puedes presentar el certificado de titularidad de la cuenta bancaria.

Es importante que los documentos sean en pdf escaneado o descargado, ya que no podrán adjuntarse fotografías de los documentos en papel.

 

PASO 3 – SOLICITA LA AYUDA

¿Cómo hacerlo? Una vez reunida la documentación del PAS 2, deberá tramitar la ayuda telemáticamente.
- Telemáticamente mediante el trámite de la Agencia de la Vivienda de Cataluña. Manual para realizar el trámite debajo ⬇
 
¿Cuándo hacerlo? A partir del día 8 de junio a las 9:00 h y hasta el 17 de junio a las 17:00 h, ambos incluidos.
La convocatoria podrá cerrarse antes por agotamiento de la partida presupuestaria.