Ayudas al pago del alquiler
A partir del 16 de abril y hasta el 7 de junio de 2019 se pueden pedir las ayudas para pagar el alquiler.
Se pueden acoger:
- Los titulares de contratos de alquiler firmados entre el 1 de enero de 2019 y el 7 de junio de 2019 y que sea su domicilio habitual y permanente. Hace falta que sean empadronados.
Para calcular si se tiene derecho a percibir las ayudas se puede utilizar el documento excel 'Simulador para saber si se tiene derecho a las ayudas'.
Además, se tiene que pagar un alquiler mensual por la vivienda no superior a:
- Demarcación de Barcelona: 750 euros.
- Demarcación de Gerona: 500 euros
- Demarcación de Tarragona: 500 euros.
- Demarcación de Lérida: 450 euros.
- Demarcación de las Tierras del Ebro: 350 euros
Para familias numerosas el importe máximo de alquiler mensual puede llegar a 900 euros por todo el territorio.
Finalmente, para determinar la cuantía de la subvención que será como máximo 2.400 euros anuales, se tendrá en cuenta el importe del recibo de alquiler correspondiente al mes anterior a la presentación de la solicitud.
Estas subvenciones son incompatibles con el cobro de otras ayudas provenientes de cualquier administración pública o de entidades privadas, que tengan la misma finalidad.
- Acceso al trámite
- Simulador para saber si se tiene derecho a la ayuda
- Tablas de ingresos de referencia en materia de vivienda
- Requisitos de las prestaciones y subvenciones para el pago del alquiler
Para saber si os hace falta presentar algún documento relativo a vuestra solicitud de ayudas al alquiler, etc.