Abierta la convocatoria de ayudas al alquiler
Vie, 15/04/2016
Ya se pueden solicitar las ayudas al alquiler que otorga la Generalitat de Catalunya para este año 2016. Se trata de ayudas a fondo perdido para hacer frente al pago del alquiler de las unidades de convivencia que tengan ingresos bajos o moderados, a quien el coste de la vivienda puede situar en riesgo de exclusión social.
En cualquier caso, este año solo podrán pedirlas los siguientes solicitantes:
- Aquellos que renueven la prestación ya otorgada: pueden acogerse las personas que ya fueron beneficiarias en 2016 de acuerdo a la Orden MAH/402/2009, del 5 de agosto, y las Resoluciones TES/1101/2013, del 15 de mayo, TES/884/2014 del 11 de abril y la TES/667/2015, del 2 de abril. No pueden acceder a estas renovaciones las personas que el año pasado recibieron las Subvenciones para el pago del alquiler según la resolución TES/993/2015.
- Personas solicitantes que hayan sido beneficiarias de las prestaciones económicas de especial urgencia dirigidas a personas que han perdido la vivienda a consecuencia de un proceso de deshaucio o de ejecución hipotecaria, reguladas en las Resoluciones TES/2032/2012, del 21 de diciembre o TES/7/2016, del 4 de enero.
- Personas solicitantes titulares de contratos celebrados a partir del 1 de noviembre de 2015, obtenidos mediante las bolsas de mediación para el alquiler social, o gestionados por entidades sin ánimo de lucro.
Para efectuar la solicitud es necesario dirigirse a Prat Espais, a la Oficina Local de Vivienda (Carretera de la Bunyola, 49)